Tan importante como desear solucionar un problema es saber centrar el tiro, focalizar la raíz del asunto, profundizar de verdad en el origen de la situación que desea corregir. De lo contrario, corremos el riesgo de perdernos en una maraña de efectos directos y colaterales. Y lo más importante, hay que tomar altura y perspectiva, dejando de lado percepciones, sensaciones o sentimientos subjetivos, por muy respetables que sean.

Ahora que ha sido posible la formación de un Gobierno, después de más de 300 días en funciones, y que uno de los principales compromisos del Documento de 150 medidas firmado el pasado mes de agosto entre el PP y Ciudadanos, es la negociación y firma de un gran Pacto de Estado por la Educación, es el momento de reclamar una financiación pública justa y adecuada para los centros privados concertados, con la actualización de los módulos económicos recogidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, conforme a lo previsto en la Disposición Adicional 29 de la LOE aprobada en 2006 por el PSOE y sus socios parlamentarios, que estableció el compromiso legal de constituir una Comisión de estudio del coste del puesto escolar y la consiguiente adecuación del módulo de conciertos a dicho estudio.

Pues bien, 10 años después de la aprobación de la LOE, ni el PSOE ni el PP han sido capaces de cumplir esta obligación legal. Y si el Ministerio de Educación ha realizado este estudio unilateralmente en algún momento, no ha tenido la valentía de publicarlo para conocimiento de todos. Quizá porque no está dispuesto a asumir el coste político de incrementar los módulos de conciertos hasta alcanzar el coste real de la enseñanza.

Y mientras esto sucede, algunos sectores y organizaciones cargan contra los centros concertados por recibir ayudas económicas de las familias en forma de aportaciones o donaciones voluntarias, tachando esta medida de “ilegal” y no siendo conscientes de que dichas aportaciones son el “efecto colateral” de una financiación injusta, insuficiente y totalmente desactualizada.

Cuando se propone en el reciente documento “Papeles para un Pacto Educativo”, que los centros concertados impartan las enseñanzas en régimen de gratuidad, realmente no se aporta nada nuevo, pues esta exigencia ya fue impuesta por la LODE y el Reglamento de Conciertos en 1985. Lo que realmente se quiere “imponer” es que los centros no reciban aportaciones voluntarias de las familias. Y esto, con perdón, es coger el rábano por las hojas.

No será más razonable comenzar la casa por los cimientos y exigir el cumplimiento de los siguientes apartados:

  1. Cumplimiento de la Disposición Adicional 27 de la LOE: convocatoria de la Comisión intersectorial de estudio del coste del puesto escolar y publicación de sus resultados.
  2. Fijación de un calendario de adecuación de los módulos económicos de conciertos a dicho estudio.
  3. Abandonar el error de equiparar “coste” y “gasto” en educación. El “gasto” medio para la Administración del puesto escolar en un centro concertado es de 2.800 €/año, mientras que en un centro público es de 6.000 €/año. Pero el “coste” real es similar, dado que el currículo y los requisitos mínimos de impartición son iguales. Por consiguiente, la diferencia entre “coste” y “gasto público” la están asumiendo los titulares de los centros y las familias con sus aportaciones voluntarias.
  4. La gratuidad de la enseñanza se predica a favor del alumno, obviamente, pero no tiene que suponer una carga económica para los centros ni para las familias. La gratuidad o es para todos los agentes implicados, o es injusta y supone una clara dejación de la Administración pública en sus funciones y competencias básicas.
  5. Hay que distinguir entre “cuotas” por actividades y servicios complementarios (voluntariedad del servicio y obligatoriedad de la cuota), de las “aportaciones voluntarias”. Ambas figuras son plenamente legales y poseen su propia regulación en la LODE (Art. 51) y LOE (Art. 88).
  6. Si los redactores del Pacto Educativo se plantean como objetivo “eliminar las aportaciones económicas de las familias” en centros concertados (entendemos que también en centros públicos), sin asegurar una adecuada cuantía del módulo económico de conciertos con arreglo al coste real, sencillamente estarán provocando una situación insostenible en muchísimos centros, abocados al cierre por inanición.

En definitiva, no se puede confundir la “causa” del problema con sus “efectos”. Si nos centramos únicamente en los segundos, sin resolver la primera, estaremos dando la puntilla a un sector que atiende al 25 % del alumnado de nuestro país y que hace posible el ejercicio de, ni más ni menos, la libertad de enseñanza, eso sí, “haciendo de la necesidad, virtud”.

Luis Centeno Caballero
Director del Departamento Jurídico-Económico de EC
@lcentenoc